¿Quiénes somos?
Tu Asesor Express, somos despacho de abogados especializados en trámites de extranjería e inmigración. Con más de 15 años de experiencia, profesionalismo, responsabilidad y compromiso con nuestros clientes.
Si tenéis alguna consulta relacionada con extranjería, derecho civil, derecho penal, derecho laboral, derecho de sucesiones y derecho bancario, no dudéis en contactarnos.
Nacionalidad española
Ley 20/2022, de 19 de octubre, de memoria democrática (BOE del 20 de octubre de 2022)
Se podrá optar a la nacionalidad española a través de tres nuevos supuestos para optar a la nacionalidad:
Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o orientación sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Disposición Séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
Nacionalidad española por valor de simple presunción
Este es el criterio preponderante en España, ya que según lo establecido en el artículo 17.1 a) del Código Civil, “son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles”.
A pesar de que el ius sanguinis es el criterio preponderante en este país, la legislación prevé varios supuestos de atribución de nacionalidad española por el hecho de haber nacido aquí (ius soli), los cuales básicamente tienen por finalidad evitar la apatridia, es decir, impedir que el nacido se quede sin nacionalidad alguna.
Nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España
1. A los efectos previstos en el apartado 1 del artículo 21 del Código Civil, en cuanto a las circunstancias excepcionales que se exigen para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza, se entiende que tales circunstancias concurren en los sefardíes originarios de España que prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país.
2. La condición de sefardí originario de España se acreditará por los siguientes medios probatorios, valorados en su conjunto.
NOVEDADES EN EXTRANJERÍA E INMIGRACIÓN ESPAÑA 2023
Working &Holiday España
Visa para nómadas digitales
Los extranjeros no comunitarios que desean trabajar en remoto desde España ya pueden solicitar tu permiso de residencia (de 3 años).
Se trata de una autorización bajo la Ley de Emprendedores, y además de ofrecer una solicitud express en tan sólo 20 días, también le permite al titular de la tarjeta tener grandes ventajas fiscales (pagando únicamente un 24% fijo sobre sus ingresos).
Arraigo para la formación
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan permanecido de forma continuada durante dos años, permitiendo la obtención de una autorización para la realización de una formación, supeditando la obtención de la autorización de residencia y trabajo a la superación de ésta y la presentación de un contrato de trabajo.
La ley para legalizar a medio millón de inmigrantes irregulares se abre paso en el Congreso de los Diputados
La iniciativa para legalizar a medio millón de inmigrantes irregulares llega al Congreso tras el aval de la Junta Central.. El texto legislativo recoge un único artículo para modificar la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El artículo en cuestión propone la "regularización de extranjeros que se encuentren en España" y dicta que "el Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá, en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021".